LSSICE (Ley Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico)
Con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico 34/2002, de11 de julio, (en adelante LSSI) surgen una serie de obligaciones para aquellas empresas que presten servicios a través de las redes de telecomunicaciones;
Dichas obligaciones, pueden matizarse o resumirse en las siguientes:
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Inscripción registral del Dominio de Internet:
las empresas que operen a través de un dominio, u ofrezca sus servicios a través de internet, deberán registrar dicho nombre de dominio, en el registro en el que conste la empresa. (Registro Mercantil...)
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Datos Identificativos:
deberá constar en un lugar de fácil acceso, claro y visible los datos identificativos de la empresa, entre otros: Nombre, dirección, datos registrales, teléfono y forma de contacto...etc.
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Colaboración:
Deber de colaboración con las Autoridades, si son requeridos
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Cláusulas:
Insertar cláusulas generales, avisos legales y condiciones Generales de contratación.
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LOPD
Cumplir con lo establecido en la L.O.P.D. 15/1999
La LSSICE afecta al 95% de webs españolas y su incumplimiento supone las siguientes sanciones:
- Leves: Hasta 30.000 €
- Graves: De 30.001 hasta 150.000 €
- Muy Graves: De 150.001 hasta 600.000 €
Lexmática Tecnologías de la Información S.L, realizará una auditoría y adaptará su página Web a los mandatos de dicho texto legal.